Compatibilidad electromagnética en la NOM-194-SE-2021
La seguridad vehicular en México ha cobrado una importancia sin precedentes, consolidándose como una prioridad estratégica en la agenda regulatoria nacional. Esta evolución se materializa con la publicación de la Norma Oficial Mexicana NOM-194-SE-2021 por parte de la Secretaría de Economía, la cual establece los requisitos técnicos mínimos que deben cumplir los dispositivos de seguridad en vehículos ligeros nuevos.
Un salto hacia la modernización
Esta norma actualizada reemplaza a la NOM-194-SCFI-2015 y representa un avance significativo hacia la homologación con estándares internacionales de seguridad. Su objetivo principal es claro: mejorar sustancialmente la protección de los ocupantes vehiculares mediante la implementación de tecnologías y criterios más avanzados.
¿Cuáles son las principales innovaciones?
La nueva versión de la NOM-194 incorpora dos secciones fundamentales que marcan un antes y un después en la evaluación de la seguridad vehicular:
Evaluación de vehículos especiales
Por primera vez, la norma incluye criterios específicos para la evaluación de vehículos eléctricos y vehículos propulsados por gas (incluyendo hidrógeno, LP y gas natural). Esta actualización es crucial, ya que se aplica tanto a vehículos ligeros existentes como a los nuevos modelos que ingresen al mercado mexicano.
Una ventaja particularmente significativa es la homologación con normas extranjeras. Como establece la propia norma: «Los dispositivos de seguridad podrán dar cumplimiento a alguna de las series de normas enlistadas en la tabla 3, ya sea NOM, NMX, Normas Internacionales o Normas o regulaciones extranjeras, según les resulte aplicable.»
Esta flexibilidad permite a los fabricantes realizar ensayos bajo el estándar que consideren más pertinente, agilizando los procesos de certificación.
Elementos adicionales de seguridad
La nueva sección otorga a los fabricantes la facultad de incluir elementos adicionales de seguridad de manera opcional. Un ejemplo destacado es el dispositivo mencionado como “Perturbaciones eléctricas por conducción y acoplamiento”, la cual en realidad es una prueba de Compatibilidad Electromagnética en líneas de alimentación de 12 V o 24 V, presentada en la tabla 4 donde se mencionan dos normas alternativas:
- La NMX-J-756-2-ANCE-2019 (Concordancia idéntica con la ISO 7637-2) es aplicable a todo tipo de vehículos automotores, independientemente de su sistema de propulsión, ya sea por combustión interna, híbrido o eléctrico.
- El reglamento UN R10 el cual aplica de manera específica a los dispositivos empleados en vehículos eléctricos puros, así como los híbridos conectables.
Compatibilidad Electromagnética: Un campo en expansión
El UN R10, oficialmente conocido como el «Reglamento no. 10 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) – Prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que concierne a su compatibilidad electromagnética», establece requisitos específicos tanto para las emisiones como para la inmunidad electromagnética de los vehículos.
Para verificar el cumplimiento de estos requisitos, es necesario evaluar el desempeño de los equipos mediante diversas normas de compatibilidad electromagnética, incluyendo:
- ISO 7637-2
- ISO 10605
- ISO 16750-2
- ISO 11452-2
- ISO 11452-4
- CISPR 25
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La implementación de la NOM-194-SE-2021, marca un hito en la evolución de la seguridad vehicular mexicana, alineando al país con las mejores prácticas internacionales y preparando el terreno para una nueva era de vehículos más seguros y tecnológicamente avanzados.
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